Los médicos del siglo XXI, ¿sabemos informar?

pp 325-326

Autores/as

  • Stella Lancuba Medica Ginecologa especialista en Reproduccion asistida, miembro del Comite de Bioetica, Hospital Italiano, Buenos Aires
  • Guido Monti Abogado, miembro del Comite de Bioetica, Hospital Italiano, Buenos Aires
  • Rosina Pace Medica, miembro del Comite de Bioetica, Hospital Italiano, Buenos Aires

DOI:

https://doi.org/10.7775/rac.v69i3.3071

Palabras clave:

Consentimiento infonnado, Procedimientos diagnósticos, Respeto, Autonomía, Toma de decisiones, Responsabilidad legal

Resumen

Una información adecuada en el marco de la relación medico-paciente permite a estos últimos la toma de una mejor decisión respecto de los procedimientos diagnósticos o terapéuticos en el campo de la salud . Este proceso de información se encuadra en el denominado consentimiento informado (CI) . El respeto de los derechos y la autonomía del paciente implica que el medico brinde un nivel de información óptimo . Este proceder favorece la toma de decisión por parte del paciente . El consentimiento informado otorga mayor transparencia al vinculo que entre ellos se establece, impactando favorablemente sobre el alcance de los hechos jurídicos a que esta relación da lugar.

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Publicado

02-03-2026

Número

Sección

Bioética